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Copyright: aspectos económicos, políticos e ideológicos

por Dominique BabiniÚltima modificación 02/06/2008 12:06

Para quienes se interesan por los debates internacionales sobre aspectos económicos, políticos e ideológicos de los derechos de autor o copyright, el Copy / South Research Group (www.copysouth.org) ha publicado un informe del cual tomamos algunos conceptos

* El concepto de derechos de autor o copyright surge de la legislación inglesa del siglo XVIII como régimen legal que protegía los derechos del autor por un período de 14 años desde la fecha de publicación de su obra.   El sistema se consolidó en diversas etapas que fueron ampliando el período de validez del derecho de autor:  el Convenio de Berna en 1886; la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) a partir de 1970, el establecimiento del acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) que todos los países que desean integrarse a la Organización Mundial de Comercio están obligados desde 1995 a firmar, la Ley de Copyright para el Milenio Digital (DMCA) mucho más restrictiva que intenta imponerse a través de los tratados de libre comercio que firma EUA.   En todas estas instancias se fue extendiendo la vigencia del derecho de autor que inicialmente cubría 14 años a partir de la fecha de publicación de la obra, y actualmente cubre hasta 70 años después que fallece el autor.      

* La premisa fundamental es que la protección por medio del copyright ejerce una útil función social al incentivar a los creadores a escribir, montar o componer obras culturales y científicas.   Aún aceptando que pueda existir alguna motivación financiera, el proyecto Copia/Sur duda que el actual régimen de propiedad intelectual sea el mejor camino para proteger los intereses de los creadores, y considera que es necesario estudiar a quién beneficia realmente el sistema (seguir la pista del dinero) pues considera que es relativamente raro que un autor mantenga los derechos de sus obras creativas; por lo general estos derechos se ceden a un editor, o a la institución para quien trabaja el autor.   Y la mayor parte de los investigadores están más interesados en los así llamados “derechos morales” (por ejemplo ser identificado como el autor y que no se altere su texto).

* La principal consecuencia que tiene el extender la vigencia del copyright –tanto en el Sur como en el Norte- es que cada vez menos obras entran en el dominio público y sólo lo harán en fechas cada vez más tardías con lo cual toda una generación de personas tendrá negado el acceso barato al conocimiento necesario.

* Asimismo sostiene que el Sur global no es el beneficiario económico de las leyes internacionales de copyright que generan mayores flujos de ingresos del Sur al Norte pues los países del Sur son fundamentalmente importadores de material protegido con derechos de autor. 

* EUA en el siglo XIX, cuando era un país en vías de desarrollo, se negó a incluir la protección del copyright a las obras extranjeras, creando así un mercado interno de reimpresiones baratas de los títulos más populares.

*La sección final del informe se enfoca en la resistencia que surgió contra el derecho de autor o copyright en las negociaciones sobre los ADPIC, pero el Sur global fracasó en su intento de cambiar sustancialmente los ADPIC.   A pesar de esto en el Sur global (y en el Norte global) ha comenzado a surgir resistencia activa a la imposición de fuertes leyes de copyright. 

*En años recientes, el concepto de dominio público ha recibido la atención teórica y ha asumido un nuevo significado en un mundo que sufre de una creciente privatización.   El informe señala las ventajas del dominio público, del software libre, del acceso abierto (open access), de las licencias Creative Commons que permiten a los titulares del copyright donar algunos de los derechos al público mientras retiene otros.

*Hay una respetable tradición de pensamiento crítico y bien desarrollada sobre la propiedad intelectual –especialmente en cuanto a las patentes y el copyright o derechos de autor- que argumenta que como sistema de retribución a los creadores es ineficiente, como mecanismo económico equivale a una restricción del libre mercado que, con el tiempo, ha colocado cada vez en un menor número de manos corporativas un control cada vez mayor del conocimiento humano registrado.   Esta es la tradición intelectual disidente a partir de la cual ha surgido el proyecto Copia/Sur

El informe completo "El Dossier Copia/Sur" de 200 páginas puede bajarse de http://www.kent.ac.uk/law/copysouth/es/dossier.html

 

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